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viernes, 17 de marzo de 2017

Novedades en las Causas por Delitos de Lesa Humanidad en Santiago del Estero.

Parte Informativo Marzo 2017.

1) Durante este mes de marzo se llevaran acabo nuevas indagatorias por la acusación de "Privación Ilegítima de la libertad y tormentos" a los siguientes represores



Causas por las que serán indagados: 
  • Bravo Graciela Liliana. (Musa Azar, Tomas Garbi, Ramiro López y Bustamante)
  • Almirón Omar Nolberto  (Musa Azar, Tomas Garbi, Ramiro López)
  • Rudy Herrera (Musa Azar, Tomas Garbi, Ramiro y Bustamante)
  • Bemergui (Musa Azar, Tomas Garbi)
  • Alejandrina Kofler (Musa Azar, Tomas Garbi, Ramiro López)

2) Apelación ante casación por el veredicto de la Causa Aliendro Juana Agustina y Otros:


Apelamos porque nos parecieron muy bajas las penas. Casación nos dio la razón y el 22 de JUNIO DE 2015, dijo: 

"2) HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal agregado a fs. 9694/9700 vta., sin costas (art. 530 y 531 C.P.P.N.), ANULAR PARCIALMENTE los puntos VI, VII, IX y XVI de la sentencia traída a revisión, exclusivamente en lo que al monto de las penas de prisión impuestas a Eduardo Bautista Baudano, José Gregorio Brao, Carlos Héctor Capella y Rolando Doroteo Salvatierra se refiere y, REENVIAR a la instancia anterior en los términos del art. 471 del C.P.P.N."


Desde ese día, estamos pidiendo que se haga la audiencia para revisar esas penas, porque nosotros entendemos que tienen que ser más altas. 


3) Apelación ante casación por el veredicto de la Causa Acuña Felipe y Otros:

En esta causa se ha pedido condenar también por Asociación ilícita a Marta Cejas y Pedro Ledesma

el 22 de septiembre de 2016, casación dijo:

"III. HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto a fs. 3985/4004 por el Ministerio Público Fiscal; sin costas, con el siguiente alcance:
....

g. CASAR el punto dispositivo X, segundo párrafo, de la sentencia recurrida, y CONDENAR a Pedro Carlos Ledesma como autor del delito de privación ilegítima de la libertad agravada (arts. 45 y 144 bis, inc. 1º y último párrafo, en función del art. 142, inc. 1º del C.P. según leyes 14.616 y 20.642) en perjuicio de Rina Ángela Farías de More y por el delito de asociación ilícita en calidad de integrante (art. 210, primer párrafo, del C.P.).

h. CASAR el punto dispositivo XI, segundo párrafo, de la sentencia recurrida, y CONDENAR a Marta Cejas por el delito de asociación ilícita en calidad de integrante (art. 210, primer párrafo, del C.P.).
.....

IV. REMITIR las presentes actuaciones al tribunal de origen para determinar —previa sustanciación— el “quantum” punitivo correspondiente en los casos de Jorge Alberto D’Amico, Ramiro del Valle López Veloso, Pedro Carlos Ledesma, Marta Cejas y, por mayoría, en los casos de Francisco Antonio Laitán y Juan Felipe Bustamante; como así también para que se expida acerca de la modalidad de cumplimiento (arts. 45, 55 del C.P. y 470, 471 y 530 s.s. del C.P.P.N.)."

Es importante destacar que Pedro Ledesma esta en libertad al igual que Marta Cejas camina por la calles de Santiago libremente habiendo sobrada prueba de su accionar como los fallos del tribunal de casación que hemos compartido lo afirman.



Seguiremos informando......

martes, 4 de noviembre de 2014

Sobre la domiciliaria para el represo ex militar Fiorini

Los feos sabores de la justicia.
La coherencia y la prisión domiciliaria.

En estos días se conoció la noticia de que al ex militar Cayetano José Fiorini, que fue el segundo jefe del Batallón 141 en Santiago desde el 1° de diciembre de 1975 hasta el 25 de noviembre de 1977, se le concederá la prisión domiciliaria. (su domicilio es en la ciudad de Buenos Aires)  La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán concedió un planteo realizado por la defensa del ex militar.

Fiorini está procesado por el secuestro, torturas y homicidio calificado de presos políticos, en el Grupo Tres (hechos cometidos en tiempos de la dictadura). 

 

Ante esto nos parece importante destacar que nuestra organización, que tiene una activa participación en los juicios puesto que es querellante en todas las causas, no ha tenido acceso al peritaje que fue la base para la resolución del tribunal.

 

El sabor amargo de la justicia que llega ¿llega? luego de casi 40 años no se quita y éstas medidas no hacen más que agregar cucharadas agrias a una larga historia de lucha en búsqueda de justicia.

Muchos de nuestros familiares y compañeros/as siguen sin conocer el destino de sus seres queridos, muchos han muerto sin conocer ésta noticia, sin que la justicia contribuyera a reparar una herida enorme.

 

Hasta le momento los juicios en Santiago han condenado a grados medios y bajos de las filas de la represión. En éste año hemos logrado imputar y encarcelar, pero aún no se ha llevado adelante juicio alguno, a algunos de los más altos cargos de la represión en la provincia. Junto con Warfi Herrera éste ex militar es de los más altos cargos en las filas represivas. (que siguen con vida)

   

Nosotros adherimos a los planteos que la fiscalía a hecho por esta medida, no se trata de una revancha, sino de justicia, porque sabemos que el servicio penitenciario federal cuenta con edificios que le garantizarán todos sus derechos a este sujeto.

 

Porque somos coherentes con nuestra lucha por los derechos humanos es que somos garantistas y aceptaremos ésta medida siempre y cuando se fundamenten correctamente las decisiones tomadas por la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán.

 
Asociación por la Memoria….
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Imagenes del día del Veredicto

Video de la Sentencia

Nuestros Compañeros ¡Presentes!