martes, 11 de diciembre de 2012

Día de la Democracia y los Derechos Humanos



Este nuevo 10 de diciembre nos encuentra nuevamente reunidos en esta histórica plaza de la memoria para celebrar un aniversario más de la declaración universal de los derechos humanos pero también un año más  de democracia, una democracia que supimos conseguir a fuerza de lucha, de la lucha de muchos, -muchos de los  que hoy no están físicamente,-  pero si en nuestro compromiso cotidiano  de defender con uñas y dientes lo conseguido  y profundizar el camino trazado en busca de Memoria, Verdad y Justicia para todos y todas, valores que vamos recuperando con nuestro pueblo como pueblo día a día vamos construyendo y tratando de consolidar una cultura de los Derechos Humanos.
El 5 de diciembre vivimos en nuestro Santiago del Estero un claro  día de justicia  con la ejemplar  sentencia que condenaba a 10 de los responsables del genocidio en el  país y nuestra provincia, cobardes señores de la muerte, del crimen y la tortura: a aquellos que hasta no hace mucho tiempo con su soberbia todavía a cuestas, se creían dueños de nuestras vidas y de nuestra  historia; historia que no se tomó revancha  sino que con la firme voz de la verdad  encarnada en cientos de voces surgidas desde el  fondo de la memoria  hizo justicia.
Se cerró un capitulo mas de esta larga historia que continúa; un capitulo que también celebramos este 10 de diciembre como un triunfo colectivo y que nos da fuerzas para continuar  exigiendo,  y  recordándoles   a los responsables de la justicia federal en Santiago del Estero que aún queda un largo camino por recorrer, con cientos de asesinos y sus cómplices  sueltos, sabemos sus nombres, aún hoy vivimos el horror de sus crímenes  y no pararemos hasta que todos encuentren su justo castigo. 
Una larga lucha para saldar deudas del pasado que aún son presente, lucha  que se nutre de las viejas luchas y de la sangre de muchos de los que hoy están ausentes, son las luchas del pueblo por una justa distribución de la riqueza y el acceso a los derechos a un trabajo digno, a la educación, y a la salud; el derecho largamente reclamado  por  nuestro campesinado  a la tierra que aún la  riega con su sudor y con su sangre; el derecho a la paz, desterrando para siempre la violencia de la tortura y el mal trato de instituciones  del estado como la policía.  
Por eso y por mucho más,  en este 10 de diciembre los invitamos (los y las convocamos  a seguir  recorriendo juntos este camino que iniciamos en busca de Memoria, Verdad y Justicia, sin  las cuales es imposible construir  una democracia para todos, una democracia justa, con plenos derechos.


¡¡¡¡EL PRESENTE ES DE LUCHA, EL FUTURO ES NUESTRO!!!!

jueves, 6 de diciembre de 2012

Megacausa- Santiago- El Fallo



 EL FALLO

Luego de ochos meses de juicio por el que pasaron casi trescientos testigos, el Tribunal Oral Federal de Santiago del Estero dio un veredicto condenatorio a los responsables de haber ejecutado el terrorismo de Estado en la provincia, antes y durante la última dictadura. La Megacausa de Derechos Humanos, desnudó la crueldad con la que actuaron los grupos de tareas a cargo de Azar Curi, que cometieron secuestros, torturas, violaciones y abusos y la desaparición forzada de personas. En total fueron 44 casos los que se ventilaron en las audiencias.



El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero falla por unanimidad:

I.- Declarar que los hechos aquí tratados constituyen delitos de lesa humanidad en el marco del terrorismo de Estado.

II.- No hacer lugar, al planteo de inconstitucionalidad de la ley 25.779 efectuado por la defensora pública oficial María Angelina Bossini, con las adhesiones de los defensores Silvia del Carmen Abalovich, Pablo Lauthier, Nelly Llado y de la abogada de Eduardo Baudano, María Eugenia Arce.

II.-No hacer lugar a la petición de remisión de las declaraciones de los testigos Delia Miryam Carreras, Oscar Alberto Lares, Carlos Ramón del Valle Miranda y Hugo Alberto Gómez, por la presunta comisión del delito de falso testimonio.

IV.- Condenar a Musa Azar a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas por considerarlo autor penalmente responsable del delito de asociación ilícita en calidad de integrante y autor mediato penalmente responsable de los siguientes delitos:

1).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Carlos Raúl López.
2).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Tomás Coulter.
3).-Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Rubén Aníbal Jantzon.
4).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Mario Roberto Bravo.
5).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Pedro Marcos Fernando Ramírez.
6).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real, con violación, en perjuicio de Alcira Chávez.
7).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Raúl Enrique Figueroa Nieva.
8).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Juan Domingo Perié.
9).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de María Susana Habra.
10).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en concurso real, con abuso deshonesto, en perjuicio de Luis Guillermo Garay.
1l).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real, con violación, en perjuicio de Mercedes Cristina Torres.
12).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en perjuicio de Ramón Horacio Aguilar.
13).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Noemí Raquel Moreno.
14).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en perjuicio de Gustavo Adolfo Barraza.
15).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Raúl Osvaldo Coronel.
16).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Dardo Rubén Salloum.
17).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Rodolfo Eduardo Bianchi.
18).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Miguel Ángel Cavallín.
19).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Sara Alicia Ponce.
20).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Rosa del Carmen Tulli.
21).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Walter Bellido.
22).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Gladys Amelia Domínguez.
23).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Félix Daniel López Saracco.
24).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en perjuicio de Julio Dionisio Arias.
25).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en perjuicio de Ana María Mrad de Medina.
26).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Fernando Neri Ibarra.
27).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en perjuicio de Emilio Alberto Abdala.
28).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Margarita del Valle Urtubey.
29).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en perjuicio de Juana Agustina Aliendro.
30).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Luis Alejandro Lescano.
31).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Juan Plácido Vázquez.
32).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Carmen Santiago Bustos.
33).- Violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político y homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Julio César Salomón.
34).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político y homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Mario Alejandro Giribaldi.
35).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Hugo Milcíades Concha.
36).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político y homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en perjuicio de Daniel Enrique Dicchiara.
37).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Santiago Augusto Díaz.
38).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político y homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Dardo Exequiel Arias.
39).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, y homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Roberto Bugatti.
40).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Guillermo Augusto Miguel.
41).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político y homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Héctor Rubén Carabajal.
42).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Marta Azucena Castillo.
43).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos, homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Abdala Auad.

IV.- Absolver de culpa y cargo a Musa Azar, respecto de los hechos que le fueran imputados en el presente juicio en relación al caso de Miguel Ángel Lema Aguiar.

V.- Absolver de culpa y cargo a Musa Azar, respecto de los hechos de tortura que se le imputaron en perjuicio de Emilio Alberto Abdala.

VI.- Condenar a Eduardo Bautista Baudano a la pena de seis años de prisión, accesorias legales y costas, por considerarlo autor material penalmente responsable de los delitos de tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Raúl Enrique Figueroa Nieva; y como partícipe secundario del delito de tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Luis Guillermo Garay; en concurso real.

VIl- Condenar a José Gregorio Brao a la pena de cinco años de prisión, accesorias legales y costas por considerarlo autor material penalmente responsable, del delito de tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Luis Guillermo Garay.

VII.- Condenar a Juan Felipe Bustamante a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas por considerarlo autor penalmente responsable del delito de asociación ilícita en calidad de integrante, y autor material penalmente responsable de los siguientes delitos:

1º).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político en perjuicio de Luis Guillermo Garay.
2°).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Miguel Ángel Cavallín.
3°).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en perjuicio de Luis Alejandro Lescano.
4o).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político en perjuicio de Juan Plácido Vázquez.
6o).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, y partícipe necesario de homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Carmen Santiago Bustos.
7°).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en concurso real, en perjuicio de Guillermo Augusto Miguel.

IX.- Condenar a Carlos Héctor Capella a la pena de ocho años de prisión, accesorias legales y costas por considerarlo, autor material penalmente responsable de los delitos de tormentos agravados por ser las víctimas perseguidos políticos, en perjuicio de Luis Guillermo Garay y Noemí Raquel Moreno; en concurso real.

X.- Condenar a Jorge Alberto D’Amico, de las condiciones personales consignadas en autos, a la pena de veinte años de prisión, accesorias legales y costas por considerarlo autor penalmente responsable del delito de asociación ilícita en calidad de integrante y autor mediato penalmente responsable de los siguientes delitos:

1) Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Ana María Mrad de Medina.
2) Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Emilio Alberto Abdala.

Xi.- Condenar a Miguel Tomás Garbi a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas por considerarlo autor penalmente responsable del delito de asociación ilícita en calidad de integrante, y autor mediato penalmente responsable de los siguientes delitos:

1). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político en perjuicio de Carlos Raúl López.
2). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político en perjuicio de Tomás Coulter.
3).Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político en perjuicio de Rubén Aníbal Jantzon.
4). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político en perjuicio de Mario Roberto Bravo.
5). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Pedro Marcos Fernando Ramírez.
6). Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real, con violación, en perjuicio de Alcira Chávez.
7). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Raúl Enrique Figueroa Nieva.
8). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Juan Domingo Perié.
9). Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de María Susana Habra.
10). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en concurso real, con abuso deshonesto, en perjuicio de Luis Guillermo Garay.
11).Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real, con violación, en perjuicio de Mercedes Cristina Torres.
12). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia en perjuicio de Ramón Horacio Aguilar.
13). Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política en perjuicio de Noemí Raquel Moreno.
14). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político en perjuicio de Raúl Osvaldo Coronel.
15). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Dardo Rubén Salloum.
16). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político en perjuicio de Rodolfo Eduardo Bianchi.
17). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político en perjuicio de Miguel Ángel Cavallín.
18). Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política en perjuicio de Sara Alicia Ponce.
19). Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política en perjuicio de Rosa del Carmen Tulli.
20). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Walter Bellido.
21). Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política en perjuicio de Gladys Amelia Domínguez.
23). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Félix Daniel López Saracco.
24). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político en perjuicio de Fernando Neri Ibarra.
25). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en perjuicio de Emilio Alberto Abdala.
26). Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Margarita del Valle Urtubey.
27). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en perjuicio de Juana Agustina Aliendro.
28). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Luis Alejandro Lescano.
29). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Juan Plácido Vázquez.
30). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Carmen Santiago Bustos.
31). Violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, y homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Julio César Salomón.
32). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, y homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Mario Alejandro Giribaldi.
33). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Hugo Milcíades Concha.
34). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, y homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Daniel Enrique Dicchiara.
35). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Santiago Augusto Díaz.
36). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, y homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Dardo Exequiel Arias.
37). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, y homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en perjuicio de Roberto Bugatti.
38). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Guillermo Augusto Miguel.
39). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Abdala Auad.
40). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Marta Azucena Castillo.
XII. Absolver de culpa y cargo a Miguel Tomás Garbi, en relación al caso de Miguel Ángel Lema Aguiar.
XIII. Absolver de culpa y cargo a Miguel Tomás Garbi, respecto de los hechos de tortura en perjuicio de Emilio Alberto Abdala.

XIV. Condenar a Francisco Laitán a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas por considerarlo autor responsable en calidad de partícipe del delito de asociación ilícita y autor material penalmente responsable de los siguientes delitos:
1). Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en concurso real, con violación, en perjuicio de Alcira Chávez.
2). Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Noemí Raquel Moreno.
3). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Luis Guillermo Garay.
4). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en perjuicio de Abdala Auad.

XV.- Condenar a Ramiro del Valle López Veloso a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas por considerarlo autor penalmente responsable del delito de asociación ilícita en calidad de integrante y autor material penalmente responsable de los siguientes delitos:
1).- Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político en perjuicio de Carlos Raúl López.
2).- Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Tomas Coulter.
3). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Rubén Aníbal Jantzon.
4). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Mario Roberto Bravo.
5). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Pedro Marcos Fernando Ramírez.
6). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Alcira Chávez.
7). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Raúl Enrique Figueroa Nieva.
8). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Juan Domingo Perié.
9). Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de María Susana Habra.
10). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en concurso real, con abuso deshonesto, en perjuicio de Luis Guillermo Garay.
1l). Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Mercedes Cristina Torres.
12). Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Noemí Raquel Moreno.
13). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Rodolfo Eduardo Bianchi.
14). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Miguel Ángel Cavallín.
15). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, art.144 ter 2o párrafo del c.p., (ley 14.616), en perjuicio de walter bellido.
16). Tormentos agravados por ser la víctima perseguida política, en perjuicio de Gladys Amelia Domínguez.
17). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en perjuicio de Luis Alejandro Lescano.
18). Tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Juan Plácido Vázquez.
19). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Carmen Santiago Bustos.
20). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, y homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, todos ellos en concurso real, en perjuicio de Mario Alejandro Giribaldi.
21). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, y partícipe necesario del homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Daniel Enrique Dicchiara.
22). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, y partícipe necesario de homicidio agravado por ensañamiento, con el concurso premeditado de dos o más personas y para procurar la impunidad para sí o para otros, en concurso real, en perjuicio de Roberto Bugatti.
23). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Guillermo Augusto Miguel.
24). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Héctor Rubén Carabajal.
25). Privación ilegítima de la libertad agravada por el empleo de violencia, en concurso real, con tormentos, en perjuicio de Abdala Auad.

XVI. Condenar a Rolando Doroteo Salvatierra a la pena de cinco años de prisión, accesorias legales y costas por considerarlo autor material penalmente responsable del delito de tormentos agravados por ser la víctima perseguido político, en perjuicio de Luis Guillermo Garay.
XXV. Atento a la pluralidad de manifestaciones vertidas por las víctimas de la presente en relación a la actuación de los órganos judiciales en el período 1974-1983 disponer se libre oficio a la Procuración General de la Nación y a la comisión ínterpoderes integrada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el Consejo de la Magistratura de la Nación, con copia de la sentencia, a fin de que se contemple la posibilidad de crear una unidad a los fines de la investigación de los supuestos delitos cometidos por miembros del Poder Judicial de la Nación entre los años 1973 a 1983.
XXVI. Disponer el cumplimiento de la pena, sea de modo inmediato y efectivo en prisiones comunes bajo la jurisdicción del servicio penitenciario federal, en consecuencia, revocar las excarcelaciones de José Gregorio Brao y José Bautista Baudano y ordenar la inmediata detención de Carlos Héctor Capella y Rolando Doroteo Salvatierra.

Fuente: El Liberal

jueves, 22 de noviembre de 2012

La megacausa llega a su fin

La megacausa llega a su fin y las querellas esperamos justicia. Nuestra espera no es pasiva como no lo ha sido nunca y contamos con el apoyo de las organizaciones sociales, partidos políticos y el pueblo santiagueño. Parafraseando al subcomandante Marcos podemos decir que "La Justicia es como la mañana. Hay quienes esperan dormidos a que llegue, pero hay quienes desvelan y caminan la noche para alcanzarla." Seguramente la sentencia será el 5 de diciembre próximo y ese día llenaremos las adyacencias del edificio de la Justicia Federal con una movilización masiva que manifestará con alegría sus reclamos de justicia.
En este juicio ha quedado claramente demostrado que hubo un plan generalizado de exterminio para perseguir, intimidar, torturar, encarcelar y desaparecer a quienes se opusieran al gobierno antipopular que en Santiago estaba en manos de Carlos Arturo Juarez y luego, en el país por la Junta Militar de Videla y compañía.
Quedó demostrado el salvaje y perverso accionar de los miembros del aparato represivo y la conciencia plena de los hechos aberrantes que cometían.
Quedo demostrado que no se arrepienten de lo hecho y que mantienen aún un pacto de silencio ya que no han aportado datos sobre el destino de nuestros desaparecidos. También quedo claro que aún faltan muchos represores por juzgar pero tenemos la fuerza para seguir trabajando para llevar ante la justicia a tod@s los responsables y para buscar los restos de nuestr@s compañeros. En esta causa se investigaron crímenes en perjuicio de 44 víctimas cometidos antes y durante el golpe de estado 6 desapariciones forzadas de ciudadanos y ciudadanas santiagueños y el secuestro y tormento de 26 sobrevivientes previo al golpe militar, durante el gobierno de Carlos Arturo Juárez. Además de 12 desapariciones forzadas que tuvieron lugar durante la dictadura cívico militar religiosa en Santiago del Estero. Las víctimas eran en su mayoría adolescentes y jóvenes militantes de movimientos estudiantiles, sociales o políticos que se organizaban para luchar por una sociedad más equitativa. Nuestra Asociación ha tenido el distingo de pronunciarse en el alegato sobre los delitos sexuales en el terrorismo de Estado producidos en los años 1975 y 1983, como parte del plan represivo y como delitos de lesa humanidad, tal como ya lo han declarado tribunales nacionales, invocando la jurisprudencia y el Derecho Penal Internacional.
El fundamento de nuestra Querella Colectiva (compartida junto al C O D E S E D H) giró en torno al carácter de este delito como de lesa humanidad. Sostenemos, y así lo solicitamos que tanto los autores de propia mano como aquellos que en la estructura de poder mantuvieron el dominio y control sobre todo o parte del aparato organizado de represión son responsables por estos aberrantes delitos.
En ese marco pedimos que sean considerados como Delitos Autónomos, independientes del delito de tormentos, ya que a la fecha de los hechos se encontraban expresamente previstos como figura típica especificada en nuestro Código Penal. Además de ser también conductas criminales ya condenadas por la comunidad internacional.
La querella de la Asociación por la Memoria la Verdad y la Justicia. Familiares de Detenidos Desaparecidos y ex Presos Políticos de Santiago del Estero ha solicitado la pena de prisión perpetua para los acusados Musa Azar, Miguel Garbi, Ramiro López Veloso, Juan Bustamante y Francisco Laitán y 25 años de prisión para Jorge Alberto D'amico, Eduardo Bautista Baudano y Carlos Hector Capella. En tanto que pedimos 15 años de prisión para José Gregorio Brao y Rodolfo Doroteo Salvatierra. Todas las detenciones deben ser efectivas y en carcel Común.
Estamos orgullosos del camino que hemos emprendido, el camino de la justicia con un juicio ajustado a derecho aunque nuestros familiares y compañeros no hayan tenido la misma oportunidad. Estamos convencidos que esta es la manera en que los pueblos avanzan hacia la consolidación democrática. Nunca los organismos hemos actuado por venganza, no hay registros de intentos de justicia por mano propia y esto engrandece la lucha y aporta a la construcción de una convivencia democrática.

Los esperamos a tod@s el 5 de diciembre en la puerta del Juzgado Federal de Santiago del Estero.

30.001 compañeros detenidos desaparecidos ¡Presentes!

Toda esa Sangre derramada

En apenas once meses fueron asesinados dos jóvenes del Movimiento Campesino de Santiago del Estero VC. La misma motivación, el mismo método: empresarios sedientos de tierras convencen a unos pocos pobladores, los convierten en sicarios, y los arrojan contra comunidades que resisten, ante la pasividad cómplice del Estado desarrollista. No hay errores, no hay excesos. Son los mojones de una matriz productiva que aniquila.

martes, 30 de octubre de 2012

jueves, 25 de octubre de 2012

Sara Abdala le contestó a “Nina” de Juárez

Para Sara del Valle Abdala (foto), hermana del desaparecido ex concejal, resulta increíble que niegue saber que lo detuvieron en la Casa de Gobierno.

Nota de Nuevo Diario
jueves, 25 de octubre de 2012
Sara del Valla Abdala dialogó en exclusiva con Nuevo Diario en relación a la declaración que Mercedes Marina “Nina” de Juárez efectuó al Tribunal Oral Federal (TOF), negando conocer al ex concejal desaparecido Emilio “Chongo” Abdala. La ex mujer de Juárez también negó conocer el hecho relacionado al secuestro de Abdala.

A continuación, parte del diálogo textual entre la hermana del ex concejal desaparecido y
Nuevo Diario.

ND ¿Sabe que “Nina” de Juárez negó conocer a su hermano?
SA: A mi no me extraña, porque hace más de 37 años que viven negando que lo hicieron desaparecer desde la Casa de Gobierno. Ellos (por los Juárez) dicen que no sabían nada. Yo no concibo cómo el esposo de ella (“Nina” de Juárez) era gobernador y cómo no va a saber qué sucede con los adversarios políticos. Mi hermano, “Chongo” Abdala, fue adversario político de Carlos Juárez, entonces, totalmente falta a la verdad. Sabemos cómo se han movido y cómo se siguen moviendo los que quedan. Creo que va a llegar el momento en que se haga justicia.

ND: ¿Cómo era “Chongo” Abdala?
SA: Mi hermano era un peronista que se preocupaba por la justicia social, los humildes y para que haya más educación y mejor salud. Esa fue la preocupación y el pecado de él.


ND:¿Qué sensación tuvo cuando se enteró de las declaraciones de “Nina” de Juárez?
SA: A veces uno no termina de creer porque nosotros personalmente y ningún familiar de los desaparecidos ha hecho justicia por mano propia. Hemos tenido y seguimos teniendo la santa paciencia para que llegue la justicia. Como uno ya los conoce, ya no me sorprende de ningún personaje que está siendo juzgado, la actitud que toman en la causa. 
Fuente: http://www.nuevodiarioweb.com.ar/notas/2012/10/25/exclusivo-sara-abdala-contesto-nina-juarez-419592.asp

jueves, 11 de octubre de 2012

Fidel sobre el Che (1967)

(Nota de P. O. P) Publicamos la transcripción digital del texto de la Comparecencia del Primer Ministro del Gobierno Revolucionario de Cuba, Comandante Fidel Castro, efectuada por la radio y televisión nacionales y Radio Habana Cuba, para informar al pueblo acerca de la muerte del Comandante Ernesto Che Guevara, del día 15 de Octubre de 1967, que fuera publicada en Gramma del día siguiente.
El trabajo de nuestra militancia ha sido realizado sobre el que se podría considerar la primera transcripción hecha por una organización política de izquierda en Argentina, publicada ahora en la página del Centro de Documentación de Organizaciones Político-militares argentinas, El Topo Blindado.

El envejecimiento del papel ha resultado en deterioros que hacen ilegibles algunas palabras, y así se hace constar cuando corresponde.
Hemos intentado con tenacidad tratar de acceder a una versión digitalizada en formato funcional que permita un mejor trabajo de cita y referencia, pero hemos fracasado en tal intento y debemos agradecer al Centro de Documentación de Gramma haber respondido prestamente a nuestro pedido de asistencia, poniéndonos en cabal ubicación sobre el hecho de que en verdad, si hubiera una publicación de este tipo, su hallazgo está sujeto a medios y técnicas de acceso que desgraciadamente -en el caso que existieran- no dominamos, o sea, es un texto virtualmente inédito en este medio.
Pese a estos incovenientes y porque, como lo hemos dicho, no hemos podido constatar la existencia en internet de este texto (salvo el escaneo que hace la página mencionada) contribuímos con esta digitalización a su conocimiento.

Consideramos a este discurso como uno de los más importantes documentos que pueden citarse sobre la Caída en Combate del Comandante Ernesto Che Guevara.

El análisis de Fidel Castro -y de los cuadros revolucionarios cubanos que intervinieron en la preparación del anuncio- revelan la precisión política y el método superior de análisis que lleva a conclusiones que, por dolorosas que resultaran, no podían ocultarse aún a riesgo de herir los sentimientos de miles y miles de latinoamericanos, incluso, de la propia familia del Che , todos amparados medianamente, con emoción y voluntarismo, en una incredulidad que guardaba en los corazones la esperanza de que la Caída en Combate no hubiese devenido en la muerte del Comandante Ernesto Che Guevara.

El discuros de Fidel es una magistral exposición de las conclusiones del Gobierno Revolucionario de Cuba y aventa anticipadamente toda una serie de mitos, de inventos y atribuciones incorrectas sobre los hechos y dichos, ajustando a la realidad del conocimiento de los compañeros de guerrilla, de triunfo y de liberación de Cuba, toda circunstancia de aquellas horas. Muestra que nada más extraordinario, glorioso y certero hasta el futuro, que la verdadera personalidad revolucionaria del Che; y que nada que se agregue en su honor y que no tenga asidero, por bello y de buena fe que sea, nada es necesario ante la talla de aquel Hombre que de ninguna fastuosidad narrativa necesita para elevarse a lo que representa para la Revolución, para las masas, para los revolucionarios en el mundo entero.


Por ello contribuímos a la difusión de esta exposición tan excepcional como poco conocida.





tapa
                  boina roja 


Tapa de Boina Roja, Boletín Quincenal de la Organización Baluarte – Nro. 3 – Octubre de 1967 -
 

Fuentes:  



Leer Texto completo de la conferencia por Radio y
TV de Fidel Castro Sobre la Muerte de Ernesto Guevara

martes, 18 de septiembre de 2012

El pasado que no pasa. Seis años sin Julio López.



En plena democracia, cuando creíamos que los buitres estaban más debilitados que nunca, cuando en el gobierno se encontraba un movimiento nacional y popular, cuando los golpes de estado habían dejado de ser moneda corriente, cuando la condena a la dictadura fue más grande que nunca, las prácticas de ese pasado aparecieron con toda su fuerza, con todo su terror, ese aparato emergió de su letargo y se llevo a Julio.
Se lo llevo y nadie sabe donde esta.
Se llevaron a Julio y no lo encontramos.
Se llevaron a Julio y fue como la punta de un iceberg. Comenzó a aparecer la resaca de ese pasado. Los Organismos de Derechos Humanos han planteado desde un comienzo que la desaparición de Jorge Julio López involucra a miembros de fuerzas de seguridad retirados y en actividad. Denunciando además la inacción de la Justicia y los diversos órdenes del gobierno para esclarecer el hecho.
En épocas en que los represores están siendo juzgados y que el cielo comienza a aclarar la desaparición de Julio y el caso de Silvia Suppo son unas nubes oscuras que no nos permiten ver el sol.
Pedimos aparición con vida, investigación exhaustiva sobre su caso y efectiva protección y contención  a los testigos y sus familias por parte del Estado. Y ni un desaparecido más.

¡No nos acostumbramos a su ausencia!

jueves, 6 de septiembre de 2012

Mi querido Alejo



A modo de presentación
Mi querido Alejo, por fin, si, por fin me decidí a publicar tus poesías.
Háganos un poco de memoria, ¿te parece?
El 17 de junio de 1975, llegaste de la calle, eran las 20. 30hs, me acuerdo porque íbamos a comer, que frio que hacia! Me dijiste, “Mama, mañana no voy a trabajar (lo hacías en el instituto Geográfico Militar) porque tengo un parcial, espérate ya vengo”, estábamos con Fabi. Fue lo último que te escuche, fue la última vez que te vimos. Al día siguiente, buscando una nota, una dirección, encontré tu agenda de teléfonos, y en las últimas hojas, 24 poesías, yo no sabia que escribías poesía. Comencé a leerlas, a ojearlas… que dulces algunas, que contenido político otras y… Dios mio! Me encuentro con la poesía que me escribiste fechada el 13 de enero del 75. Que dolor! Que angustia!, era una despedida por si algo te pasaba, y vaya que te paso!!! Te DE-SA-PA-RECIERON!!!, mi amor, te arrancaron de nuestras vidas, tenias solo 20 años! Llenos de ilusiones, de utopías. Muchos años después comprendí tu compromiso político social, vos sabias que yo no tenía ni idea de lo que ya se estaba gestando, el golpe militar más sangriento en la historia Argentina. Me costó, pero aterrice, un aterrizaje cruel, desesperado. Tus amigos y compañeros de militancia, que con el tiempo se me han ido acercando, no se cansan de decirme: “que orgulloso se tiene que sentir “Alby” de ver el cambio que hiciste”… y si, Ale, estoy segura que “esta gorilita de mierda, pero sin embargo la quiero” cambio y como. Las veces que me abrazabas fuerte, y muerto de risa me decías eso, te juro que siento tu abrazo, como me pasa tantas veces, siento que estas a mi lado, te veo levantando el pulgar, riéndote, me das animo, si, te siento conmigo, pero… NO ESTAS. Que el tiempo cierra las heridas MENTIRA! Yo cada día, cada vez te extraño mas, te extrañamos mas, con Jorge y Fabi, a ellos como hermanos, tampoco les cicatrizan las heridas. Gracias a dios, los tengo, con sus hijos, mis 6 nietos divinos, me comprenden, me contienen.
Mi amor, hoy es 17 de junio del 2008, han pasado 33 años desde que te detuvieron y desaparecieron, estamos en Madres, junto a Fabi, tus sobrinos, por supuesto Jorge, Kary y tus sobrinos “catalanes”, desde España, están presentes también, tías , primas, mis compañeras de lucha, tus amigos, y tanta gente militante, solidaria y con MEMORIA. Estamos presentando tus poesías, Es importante que conozcan tu sentir, tu militancia en el ERP, tu entrega total.
Estoy, estamos orgullosas/os, de vos, de tus compañeros militantes. Creyeron los asesinos y sus cómplices que al quedar congeladas sus caritas en las fotos, también lo harían con la Memoria, se equivocaron! no lo lograron ni lo lograran, seguirán vivos en la medida que cada compañero, cada joven obrero, estudiantes, maestros, profesionales, tomen sus banderas de solidaridad, de compromiso en la defensa de las causas justas.
Ale, las Madres estamos tranquilas, porque ya no estamos solas, sabemos que la posta ya la podremos pasar, pero…aun no, porque “Las Locas”… Seguimos de pie!!!



Mi amor, hoy, como siempre, te siento a mi lado
Hoy como nunca te digo, te grito
30.000 detenidos desaparecidos PRESENTE!!!
Taty Almeida
 

martes, 4 de septiembre de 2012

DECLARACION DEL COLECTIVO JUICIO Y CASTIGO EN EL DIA INTERNACIONAL DEL DETENIDO DESAPARECIDO

DECLARACION DEL COLECTIVO JUICIO Y CASTIGO EN EL
 DIA INTERNACIONAL DEL DETENIDO DESAPARECIDO

Con el fin de recordar a todas las naciones y gobiernos del mundo la existencia de la realidad de los desaparecidos, la Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos-Desaparecidos (FEDEFAM), declaró el 30 de agosto como el "Día Internacional del Detenido Desaparecido".
Por eso en este 30 de agosto, día internacional del detenido-desaparecido, las organizaciones que conformamos el Colectivo Juicio y Castigo recordamos a nuestros 30.001 compañeros -y muy especialmente a nuestros comprovincianos-, víctimas del genocidio  por quienes continuamos bregando por verdad y justicia como hace 37 años.
Celebramos los enjuiciamientos que se están llevando a cabo a lo largo y ancho del país, como así también las políticas de reconstrucción de memoria histórica que nos permiten luego de décadas, rescatar para la historia  las luchas del pueblo, pero por sobre todas las cosas empezar a revertir el camino de violencia política, autoritarismo e impunidad  que signó nuestra historia,   naturalizando el genocidio como práctica de los poderosos  para dirimir las luchas sociales.

Desde las denominadas “campañas del desierto” que con la idea de fundar un estado moderno llevaron adelante el genocidio de los pueblos originarios, pasando por la matanza de obreros que en huelga reclamaban por sus derechos  en las primeras décadas del siglo XX,    la militarización de la política que asaltó el poder en 1930, consolidando el camino de la violencia institucional como herramienta de control social, que tuvo picos cruentos como el bombardeo de Plaza de Mayo hasta concluir en el período más oscuro de nuestra historia, que resumió todas las violencias en la práctica de la desaparición forzada de personas como  paradigma del terrorismo de estado. 
La primera sentencia por genocidio en Santiago del Estero -por el asesinato de Cecilio Kamenetsky-  permitió  ensanchar el camino de la lucha, camino por el que seguimos transitando ahora con la Megacausa. Pues   quedan aún decenas de familias que  esperan que la Justicia sancione a quienes fueron los responsables directos de las torturas, ejecuciones y ocultamiento de los restos de sus seres queridos; también a  quienes fueron  cómplices y encubridores, que por su silencio, omisión y ocultamiento gozaron de  privilegios y fueron beneficiarios de frondosas ganancias producto de  negocios con que ese  poder tejió una impenetrable trama de impunidad que pone obstáculos a la  búsqueda de la verdad y la justicia, que debe  profundizarse para  lograr  condenar el genocidio y a todos sus responsables.
La deuda no es sólo con quienes hoy se encuentran desaparecid@s o con sus familiares, también es con todos los santiagueñ@s que aspiramos a consolidar y profundizar el proceso de democratización y distribución DE LAS RIQUEZAS abierto en nuestro país por el sólido camino de la memoria, la verdad y la justicia.
Santiago del Estero, 30 de agosto de 2012
- 30.001 compañeros desaparecidos PRESENTES! AHORA Y SIEMPRE !!

Taty Almeida presenta su libro en Santiago


jueves, 23 de agosto de 2012

40 años de la Masacre de Trelew


Los caídos el 22 de agosto de 1972:

Carlos Alberto Astudillo (FAR). Nació en Santiago del Estero en el 17 de agosto de 1944 (28 años), estudiante de medicina en la Universidad de Córdoba. Detenido el 29 de diciembre de 1970 y brutalmente torturado.

Rubén Pedro Bonet (PRT-ERP). Nació en Buenos Aires el 1 de febrero de 1942 (30 años), casado y padre de dos chicos, Hernán y Mariana, de 4 y 5 años. Perteneciente a una familia muy modesta abandonó sus estudios para ingresar como obrero en Sudamtex y Nestlé. Detenido en febrero de 1971.

Eduardo Adolfo Capello (PRT-ERP). Nació en Buenos Aires el 3 de mayo de 1948 (24 años), estudiante de ciencias económicas y empleado. Detenido cuando intentaba expropiar un auto en febrero de 1971.
Mario Emilio Delfino (PRT-ERP). Nació en Rosario el 17 de septiembre de 1942 (29 años), casado. Estudió ingeniería en la Universidad de Santa Fe. Inició su militancia en Palabra Obrera, que confluiría en el PRT. Abandonó sus estudios universitarios para ingresar como obrero en el frigorífico Swift de Rosario, donde trabajó 5 años. Detenido el 14 de abril de 1970. El V congreso del PRT lo eligió miembro del Comité Central en ausencia.
Alberto Carlos del Rey (PRT-ERP). Nació en Rosario el 22 de febrero de 1949 (23 años), estudió ingeniería química en la Universidad de Rosario, donde se integró al PRT. Participó del congreso fundacional del ERP. Detenido el 27 de abril de 1971.
Alfredo Elías Kohon (FAR): Nació en Entre Ríos el 22 de marzo de 1945 (27 años), estudiaba ingeniería en la Universidad de Córdoba y trabajaba en una fábrica metalúrgica. Formó parte de los comandos Santiago Pampillón y fue fundador de las FAR local. Detenido el 29 de diciembre de 1970.

Clarisa Rosa Lea Place (PRT-ERP). Nació en Tucumán el 23 de diciembre de 1948 (23 años), estudió derecho en la Universidad de Tucumán, donde se integró al PRT. Participó del congreso fundacional del ERP. Detenida en diciembre de 1970 durante un control de rutina.
Susana Graciela Lesgart de Yofre (MONTONEROS). Nació en Córdoba el 13 de octubre de 1949 (22 años), maestra. Se radicó en Tucumán donde enseñaba y compartía la vida con los trabajadores cañeros. Fue una de las fundadoras de Montoneros en Córdoba. Detenida en diciembre de 1971.
José Ricardo Mena (PRT-ERP). Nació el 28 de marzo de 1951 en Tucumán (21 años), obrero azucarero. Integró los primeras grupos del PRT en Tucumán. Detenido tras la expropiación a un banco, en noviembre de 1970.
Miguel Ángel Polti (PRT-ERP). Nació en Córdoba el 11 de julio de 1951 (21 años), estudió ingeniería química en la Universidad de Córdoba, era hermano de José Polti, muerto en abril de 1971. Detenido en Córdoba, en julio de 1971.

Mariano Pujadas (MONTONEROS). Nació en Barcelona el 14 de junio de 1948 (24 años), fue fundador y dirigente de Montoneros en Córdoba. Participó en la toma de La Calera. Estaba a punto de terminar la carrera de ingeniero agrónomo cuando fue detenido en una redada, en junio de 1971.

María Angélica Sabelli (FAR). Nació en Buenos Aires el 12 de enero de 1949 (23 años), conoció a Carlos Olmedo cuando estudiaba en el Colegio Nacional Buenos Aires. Cursaba matemática en la facultad de ciencias exactas, trabajaba como empleada y como profesora de matemática y latín. Detenida en febrero de 1972 y salvajemente torturada.
Ana María Villareal de Santucho (PRT-ERP). Nació en 9 de octubre de 1935 (36 años), era compañera de Mario Roberto Santucho y madre de tres chicos. Licenciada en artes plásticas por la Universidad de Tucumán. Junto a Santucho empezó a militar en el FRIP (Frente Revolucionario Indoamericano y Popular) que luego confluyó en el PRT. Detenida en un control de rutina en un colectivo.

Humberto Segundo Suarez (PRT-ERP). Nació en Tucumán el 1 de abril de 1947 (25 años), de origen rural, fue cañero, obrero de la construcción y oficial panadero. Detenido en marzo de 1971.
Humberto Adrián Toschi (PRT-ERP). Nació en 1 de abril de 1947 en Córdoba (25 años), trabajaba en una empresa familiar hasta que eligió ser obrero. Detenido, junto con Santucho y Gorriarán Merlo, en una redada el 30 de agosto de 1971.

Jorge Alejandro Ulla (PRT-ERP). Nació en Santa Fe el 23 de diciembre de 1944 (27 años), maestro; abandonó sus estudios para trabajar como obrero en una fábrica metalúrgica. Participó del congreso fundacional del ERP y en la primera operación armada. Detenido junto con Humberto Toschi en Córdoba, en agosto de 1971.


Los sobrevivientes:

Maria Antonia Berger (MONTONEROS). Licenciada en sociología, había sido detenida el 3 de noviembre de 1971. Herida por una ráfaga de metralla logró introducirse en su celda, donde recibió un tiro de pistola; fue la última en ser trasladada a la enfermería. En la fecha de la masacre tenía 30 años. Secuestrada a mediados de 1979.
Alberto Miguel Camps (FAR). Estudiante, había sido detenido el 29 de diciembre de 1970. Eludió la metralla arrojándose dentro de su propia celda, donde fue baleado. En la fecha de la masacre tenía 24 años. Su cuerpo, enterrado como NN en el cementerio de Lomas de Zamora, fue identificado en el año 2000.
Ricardo René Haidar (MONTONEROS). Ingeniero químico, había sido detenido el 22 de febrero de 1972. Evadió las ráfagas de ametralladoras introduciéndose en su celda, donde fue herido. En la fecha de la masacre tenía 28 años. Secuestrado el 18 de diciembre de 1982.
Salvaron sus vidas porque los fusiladores los creyeron muertos. Los tres están desaparecidos.
Seis presos lograron fugar el 15 de agosto, llegar a Chile y luego a Cuba:
Roberto Quieto. Secuestrado el 28 de diciembre de 1975. Desaparecido
Marcos Osatinsky. Detenido en Córdoba, en la Jefatura de Policía se le aplicó la "ley de fugas" y fue asesinado el 21 de agosto de 1975. Su cadáver fue dinamitado.

Domingo Mena, desaparecido el 19 de julio de 1976

Mario Roberto Santucho, desaparecido el 19 de julio de 1976

Enrique Gorriarán Merlo. Sobrevivió. Fue secuestrado en México en octubre de 1995 y trasladado a Argentina. Procesado y condenado por los hechos de La Tablada permaneció 8 años preso. Fue indultado por el presidente Duhalde en 2003. Falleció de un paro cardiorrespiratorio en Buenos Aires, el 22 de septiembre de 2006, a los 64 años.

Fernando Vaca Narvaja. Sobreviviente.
Los militantes que participaron en el secuestro del avión:

Carlos "Tomás" Goldemberg. Secuestrado en agosto de 1976. Desaparecido.

Anna Wiessen. Desaparecida en 1979
Víctor Fernández Palmeiro. Murió luego de participar en el operativo de ejecución del almirante Hermes Quijada, portavoz de la versión oficial de la dictadura de Lanusse sobre la masacre. La lápida que había en su tumba fue hallada recientemente en las excavaciones que se están realizando para sacar a la superficie las instalaciones del campo de concentración Club Atlético, que funcionó en Paseo Colón y Cochabamba, durante la dictadura militar iniciada el 24 de marzo de 1976.
Por otro lado Francisco "Paco" Urondo entrevistó a los tres sobrevivientes de la masacre en la cárcel de Devoto, donde los cuatro estaban detenidos, la noche del 24 de mayo de 1973. La entrevista fue publicada por El Descamisado y la revista Crisis con el título "La patria fusilada". Franciso Urondo murió enfrentando a la dictadura militar en Mendoza, en julio de 1976.
Fuente: http://www.elortiba.org/trelew.html






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Imagenes del día del Veredicto

Video de la Sentencia

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